Ley 39/2015 Título I. 50 preguntas

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Título I. 50 preguntas

Test del Título I. De los interesados en el procedimiento

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Categoría: Ley 39/2015 - Título I. De los interesados en el procedimiento

1. Según el artículo 7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que dé lugar se efectuarán:

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2. A tenor del artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se consideran interesados en el procedimiento administrativo:

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3. A tenor del artículo 12.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si alguno de los interesados, con derecho a ser asistidos en el uso de medios electrónicos, no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público y, en este caso:

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4. A tenor del artículo 12.2 de la LPACAP, si alguno de los interesados, con derecho a ser asistidos en el uso de medios electrónicos, no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo:

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5. Conforme al artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos:

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6. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en ciertos casos será necesario informe previo vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de:

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7. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de forma previa a la eficacia jurídica del sistema habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública:

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8. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de forma previa a la eficacia jurídica del sistema:

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9. Según el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que las Administraciones públicas consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad y previa:

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10. Según el artículo 8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si durante la instrucción de un procedimiento, que no haya tenido publicidad, se advierte la existencia de personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos y directos cuya identificación resulte del expediente y que puedan resultar afectados por la resolución que se dicte:

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11. Según el artículo 8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si durante la instrucción de un procedimiento que no haya tenido publicidad, se advierte la existencia de personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos y directos cuya identificación resulte del expediente y que puedan resultar afectados por la resolución que se dicte:

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12. Según el artículo 6.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los poderes inscritos en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos tendrán una validez determinada máxima de:

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13. ¿Qué tipo de apoderamiento se otorgará mediante comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de los sistemas de firma electrónica previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien mediante comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros? (Art. 6.5)

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14. Según el artículo 6.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en relación a los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos:

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15. Según el artículo 6.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán corresponder a alguna de las siguientes tipologías:

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16. ¿Cuál de la siguiente información deberán contener, entre otras, los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos, conforme al artículo 6.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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17. ¿Cuál de la siguiente información deberán contener, entre otras, los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos, conforme al artículo 6.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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18. Los registros mercantiles, de la propiedad, y de los protocolos notariales, según el artículo 6.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

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19. ¿Qué permitirán comprobar válidamente los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos, de acuerdo con el artículo 6.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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20. En el artículo 6.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se establece que los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos pertenecientes a todas y cada una de las Administraciones:

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21. En relación con el registro electrónico de apoderamientos recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de acuerdo a su artículo 6.1:

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22. Según el artículo 6.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los registros generales de apoderamientos:

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23. Conforme al artículo 6.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ámbito estatal el registro electrónico de apoderamientos será:

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24. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece, en su artículo 6.1, que dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos:

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25. En el caso de que las Administraciones Públicas habiliten con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados:

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26. La habilitación, por las Administraciones Públicas de personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados, deberá especificar, a tenor del artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

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27. Según el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o específico la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados a personas:

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28. Según el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados con carácter:

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29. Según el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de:

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30. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga realizado el acto de que se trate siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de:

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31. En relación con la representación en el procedimiento administrativo, la falta o insuficiencia de acreditación de la representación, de acuerdo con el artículo 5.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

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32. Según el artículo 5.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la acreditación de la condición de representante y de los poderes que tiene reconocidos en dicho momento:

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33. Según el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entenderá acreditada la representación:

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34. Según el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entenderá acreditada la representación:

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35. Según el artículo 5.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el procedimiento administrativo y la representación, para los actos y gestiones de mero trámite:

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36. Según el artículo 5.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿en cuál de los siguientes casos se presumirá la representación?

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37. Según el artículo 5.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿en cuál de los siguientes casos deberá acreditarse la representación?

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38. De acuerdo con texto literal del artículo 5.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas:

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39. ¿Quién podrá actuar en representación de otra ante las Administraciones Públicas, conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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40. Según el artículo 5.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante:

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41. De acuerdo con el artículo 5.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados con capacidad de obrar:

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42. Según el artículo 4.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible:

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43. Según el artículo 4.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales:

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44. ¿Cuál de los siguientes se considera interesados en el procedimiento administrativo, según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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45. Se considera interesados en el procedimiento administrativo quienes lo promuevan:

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46. Según el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas:

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47. Conforme al artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los menores de edad tendrán la capacidad de obrar, ante las Administraciones Públicas, para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza:

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48. Según el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tendrán la capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por:

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49. ¿Cuántos Capítulos tiene el Título I de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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50. ¿Cómo se denomina el Título I de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

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